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Cómo obtener ayuda legal en USA

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Si usted necesita ayuda con un asunto de inmigración, puede utilizar los servicios de un abogado o abogada de inmigración con diploma y competencia. Puede consultar con el colegio de abogados local (Bar Association) para localizar a un abogado o abogada que reúna estos requisitos.

Si necesita ayuda legal con un asunto de inmigración pero no tiene suficiente dinero para obtener ayuda legal, existen algunas opciones de ayuda a bajo costo o gratuitas. Puede solicitar la ayuda de:

  • Organizaciones reconocidas. Éstas son organizaciones reconocidas por la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals - BIA). Para obtener la clasificación de “reconocidas”, estas organizaciones deben tener los conocimientos y la experiencia suficientes para prestar servi-cios a los inmigrantes, y pueden cobrar o aceptar solamente honorarios muy bajos por sus servicios. Para obtener una lista de las organizaciones reconocidas por la BIA, consulte la siguiente dirección en la web:
    http://www.usdoj.gov/eoir/ statspub/recognitionaccreditationroster.pdf.
  • Representantes acreditados. Éstas son personas vinculadas con las “organizaciones reconocidas” por la BIA. Los repre-sentantes acreditados pueden cobrar o aceptar solamente honorarios muy bajos por sus servicios. Para obtener una lista de representantes acreditados por la BIA, consulte la siguiente dirección en la web: 
    http://www.usdoj.gov/ eoir/statspub/accreditedreproster.pd
    f.
  • Representantes competentes. Éstas son personas que prestan servicios gratuitos. Los representantes competentes deben conocer las leyes de inmigración y las normas de procedimiento en los tribunales. Los representantes competentes pueden ser, por ejemplo, estudiantes o graduados de la carrera de derecho. También pueden ser personas de buen carácter moral que tienen alguna relación personal o profesional con usted (parientes, vecinos, miembros del clero, compañeros de trabajo, amistades).
  • Proveedores de servicios legales gratis. La Oficina del Presidente del Juzgado de Inmigración (Office of the Chief Immigration Judge) tiene una lista de proveedores de servicios legales gratis para personas con un proceso de inmigración pendiente (consulte la siguiente dirección en la web:  http://www.usdoj.gov/eoir/probono/states.htm). Ésta es una lista de profesionales y organizaciones legales dispuestas a representar gratis a los inmigrantes ante los tribunales de inmigración. Los profesionales y las organizaciones en esta lista han acceptado prestar servicios pro bono (gratis) a los inmigrantes solamente en procesos de inmigración. Por lo tanto, tal vez no podrán ayudarle con asuntos no relacionados con los tribunales (por ejemplo, peticiones de visa, naturalización, etc.).

SI ES VÍCTIMA DE ABUSO DOMÉSTICO

Si usted es víctima de abuso doméstico, puede obtener ayuda por medio de la Línea Nacional de Atención Rápida para Casos de Violencia Doméstica (National Domestic Violence Hotline), llamando al 1-800-799-7233. Si tiene dificultades para oír, llame al 1-800-787-3224). Se ofrece ayuda en español y en otros idiomas.

La Ley sobre la violencia contra las mujeres (Violence Against Women Act) permite que las víctimas del abuso cometido por ciudadanos o residentes permanentes, ya sean sus cónyuges o sus hijos, puedan solicitar la residencia permanente por cuenta propia. Visite el siguiente sitio en la web: http://uscis.gov/graphics/howdoi/battered.htm, o llame a la Línea Nacional de Atención Rápida para Casos de Violencia Doméstica (National Domestic Violence Hotline) para obtener más información.

Programa Pro bono. Generalmente en cada oficina local del USCIS hay listas de organizaciones locales reconocidas que ofrecen servicios pro bono (gratis) y de sus representantes.

¡Cuidado con los “consultores de inmigración” fraudulentos!

Muchos consultores de inmigración son honestos y competentes, y pueden prestar un buen servicio a los inmigrantes. Sin embargo, hay ciertas personas que se aprovechan de los inmigrantes.

Antes de consultar a alguien sobre asuntos de inmigración y antes de gastar su dinero, le conviene investigar los recursos disponibles para poder tomar la decisión correcta sobre el tipo de ayuda legal que necesita. Evite convertirse en víctima del fraude de inmigración.

A continuación se enumeran ciertas cosas que debe recordar:

  • Ninguna organización privada ni persona particular que ofrezca ayuda en asuntos de inmigración mantiene una relación especial con el USCIS. Si alguien le hace promesas exageradas o dice tener una relación especial con el USCIS, no le crea. No confíe en personas que le garantizan buenos resultados o una tramitación más rápida. Si usted no llena los requisitos para recibir un beneficio inmigratorio, no podrá cambiar esa situación con la ayuda de un abogado o consultor de inmigración.
  • Algunos consultores, agencias de viajes, oficinas inmobiliarias y personas denominadas “notarios públicos” ofrecen servicios de inmigración. No deje de hacerles preguntas sobre su competencia y pida ver copias de sus cartas de acreditación por la BIA o de su certificación por el colegio de abogados. Algunas personas que dicen ser competentes para ofrecer servicios legales no lo son. Estas personas pueden cometer errores que le causarán problemas graves.
  • Si decide emplear a alguien como su consultor o representante legal en asuntos de inmigración, obtenga un contrato por escrito. El contrato debe estar escrito en inglés y en su propio idioma, si el inglés no es su idioma nativo. El contrato deberá enumerar todos los servicios que se le prestarán y el costo de los mismos. Pida referencias antes de firmar el contrato.
  • Evite pagar los servicios en efectivo. Asegúrese de obtener un recibo de pago y de conservar sus documentos originales.
  • Nunca firme un formulario o solicitud en blanco. Asegúrese de haber comprendido lo que está firmando.

Obtenga ayuda si un consultor en asuntos de inmigración le estafa. Llame a la oficina del fiscal (District Attorney’s Office) o al departamento estatal o local de asuntos del consumidor, o al departamento de policía local.


Fuente: "U.S. Department of Homeland Security, U.S. Citizenship and Immigration Services, Office of Citizenship, Welcome to the United States: A Guide for New Immigrants, Washington, D.C., 2005".

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