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Cómo mantener la residencia permanente en USAHay ciertas cosas que usted deberá hacer para mantener su residencia permanente.También es importante que las recuerde si piensa solicitar la ciudadanía en el futuro.
Mantenga su estado ante
las autoridades de inmigración Si usted cree que va a ausentarse del país durante más de 12 meses, deberá solicitar un permiso de reingreso antes de viajar. Deberá presentar el Formulario I-131, titulado en inglés Application for a Travel Document (Solicitud de un documento de viaje). El permiso de reingreso es válido hasta por 2 años e indica que usted volverá al país después de una estadía temporal en el extranjero. Puede mostrar este permiso para reingresar en cualquier punto de entrada. El Formulario I-131 lo puede obtener en el sitio del USCIS en la web: http://www.uscis.gov o llamando a la Línea de Formularios del USCIS. Es necesario pagar un cargo al presentar el Formulario I-131. Si usted no puede regresar a los Estados Unidos antes de que se venza su permiso de reingreso, o si no solicitó un permiso de reingreso antes de salir y ha estado fuera del país por más de 12 meses, puede solicitar que el Departamento de Estado le dé una visa especial de inmigrante titulada en inglés Returning Resident (SB-1) (Residente en retorno). Hay requisitos especiales para la obtención de esta visa. Para obtener más información, visite el sitio en la web del Departamento de Estado: http://www.state.gov, o acuda a la Oficina Consular del Departamento de Estado que le quede más cerca en el extranjero. Declaraciones de impuestos Como residente permanente, usted tiene la obligación de presentar su declaración anual de impuestos sobre la renta y de reportar sus ingresos al Servicio de Rentas Internas (Internal Revenue Service —IRS) y, si es necesario, al departamento de impuestos estatal, municipal o local. Si usted no presenta sus declaraciones de impuestos mientras esté fuera del país durante cualquier período, o si declara en ellas que no es inmigrante, el gobierno de los Estados Unidos puede decidir que ha renunciado a su residencia permanente. Inscripción en el Sistema del Servicio Selectivo Si es varón y tiene entre 18 y 26 años de edad, usted tiene la obligación de inscribirse en el Sistema del Servicio Selectivo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos (Selective Service System). Con su inscripción, usted indica al gobierno que está en condiciones de ingresar al servicio militar. Actualmente, en los Estados Unidos el servicio militar no es obligatorio. Los residentes permanentes y los ciudadanos no están obligados a servir en las Fuerzas Armadas a menos que lo deseen hacer. Usted puede inscribirse para el servicio militar en una oficina de correos de los Estados Unidos o en la Internet. Para inscribirse en el Sistema del Servicio Selectivo por la Internet, visite el siguiente sitio en la web: http://www.sss.gov. Para comunicarse por teléfono con sus oficinas, llame al 1-847-688-6888. La llamada no es gratuita. También puede encontrar información visitando el sitio en la web del USCIS: http://www.uscis.gov. Notifique al DHS su nueva dirección Cada vez que usted se mude de casa, deberá notificar su nueva dirección al DHS. Para hacerlo, deberá presentar el Formulario AR-11, titulado en inglés Alien’s Change of Address Card (Tarjeta de cambio de dirección de persona extranjera). Usted tiene la obligación de enviar este formulario dentro de un plazo no mayor de 10 días después de su mudanza. La presentación de este formulario es gratis. El Formulario AR-11 debe enviarse a la siguiente dirección: Department of Homeland
Security Para obtener más información, llame al USCIS al 1-800-375-5283 o consulte la siguiente dirección en la web: http://www.uscis.gov/graphics/formsfee/forms/ar-11.htm. Fuente: "U.S. Department of Homeland Security, U.S. Citizenship and Immigration Services, Office of Citizenship, Welcome to the United States: A Guide for New Immigrants, Washington, D.C., 2005". |
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